La Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) prohibió la fiscalización a los conductores de vehículos cuyos cristales estén entintados, debido a que esa disposición no se encuentra estipulada en la nueva Ley 63-17 sobre Movilidad y Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. La disposición se realizó a través de un memorándum, dirigido a los supervisores encargados y supervisores de autopistas y carreteras, en el que se advierte que ante el incumplimiento de la misma los responsables serán sancionados.
A través de la Resolución 02-14, emitida en el 2014, la AMET había iniciado un proceso de detención y colocación de multas a los conductores por llevar los cristales de sus vehículos tintados, hecho que fue justificado por el director de la institución Luis Estrella, bajo el argumento de que se realiza bajo el amparo del artículo 166, de la Ley 241, que faculta al organismo.
El año pasado la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet) impuso 3,865 infracciones a conductores por cristales de vehículos tintados, pero aún no se conoce cuantas fueron pagadas.
A través de la Resolución 02-14, emitida en el 2014, la AMET había iniciado un proceso de detención y colocación de multas a los conductores por llevar los cristales de sus vehículos tintados, hecho que fue justificado por el director de la institución Luis Estrella, bajo el argumento de que se realiza bajo el amparo del artículo 166, de la Ley 241, que faculta al organismo.
El año pasado la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet) impuso 3,865 infracciones a conductores por cristales de vehículos tintados, pero aún no se conoce cuantas fueron pagadas.